Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
II.3.
II.3. El 2 de junio de 2014, Juan Marcelo Equiza Aramayo, Secretario del Centro Penitenciario de Varones de Mocovi, informó al Director del mismo Centro Penitenciario que: el 30 de mayo de 2014, a horas 19:00, se retiró de la Dirección y hasta ese momento no recepcionó ningún mandamiento de libertad (fs. 27).
- fuera de horario de oficina o los fines de semana, se verifica que el imputado no tenga otro proceso y luego se dispone la libertad
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- III.2. Del cumplimiento de los mandamientos de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
- CONFIRMAR