Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2014-S3
Fecha: 25-Nov-2014
II.4.
II.4. Cursa informe de 3 de junio de 2014, de Marco Tumiri Choquehuanca, funcionario policial dirigido al Director del Centro Penitenciario de Varones de Mocovi, a través del cual señala que: el 30 de mayo de 2014 a horas 18:53, a momento de retirarse de la audiencia realizada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal, el personal de Juzgado le pidió el favor “…por humanidad, amabilidad…” (sic), lleváran el mandamiento de libertad a la Cárcel, que ellos imprimirían el mismo para el 2 de junio de 2014, incluso se les hizo conocer que los Secretarios no se encontrarían en su oficina en el Penal, y llegando al recinto se dio parte al Jefe de Seguridad entregándole los mandamientos (fs. 26).
- fuera de horario de oficina o los fines de semana, se verifica que el imputado no tenga otro proceso y luego se dispone la libertad
- I.3.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la acción de libertad innovativa
- III.2. Del cumplimiento de los mandamientos de libertad
- III.3. Análisis del caso concreto
- o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivos tales derechos y libertades
- CONFIRMAR