AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2014-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0307/2014-RCA

Fecha: 04-Dic-2014

I.

El accionante manifiesta que, siendo que la decisión asumida por la Jueza de garantías, no efectuó una correcta valoración de la demanda y posterior memorial de subsanación, mediante los cuales se denunció la existencia de medidas de hecho propiciadas por los demandados en base a un trámite de fraccionamiento de terrenos que ya había sido ejecutado con anterioridad, habiéndose expuesto con claridad absoluta los argumentos legales que respaldan su pretensión y efectuando una relación sucinta y clara entre los actos lesivos y los derechos vulnerados, de donde deviene la relación de causalidad; asimismo, en obrados cursan los elementos probatorios suficientes que demuestran el derecho propietario, así como la solicitud de paralización del trámite de fraccionamiento que a la fecha no mereció respuesta; por lo que, la Resolución de rechazo proferida por la Jueza Primera de Partido de Familia, Niñez y Adolescencia de Quillacollo del departamento de Cochabamba, incurre en ilegalidad al no haber observado el cumplimiento estricto de todos los elementos aportados para la valoración y admisión de la demanda constitucional.