Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
II.5.
II.5. Por nota de 14 de octubre de 2013, presentado por el accionante dirigido al Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector de la UNIPOL “Mariscal Antonio José de Sucre”, solicitó le permitan dar examen teórico en compensación del examen fallido (fs. 152), en el mismo sentido el memorial de 18 de octubre de 2013 (fs. 153) y reiterada en el memorial de 21 de igual mes y año (fs. 154); posteriormente el 29 de noviembre de la indicada gestión reiteró tal pedido pero al Comandante General de la Policía Boliviana (fs. 158 a 159).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Actos consentidos libre y expresamente, causal de improcedencia reglada
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR