Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2014-S1
Fecha: 05-Dic-2014
II.7.
II.7. Guido Arroyo Arce, Director Nacional de Instrucción y Enseñanza y Rector de la UNIPOL “Mariscal Antonio José de Sucre” el 4 de diciembre de 2013, remitió al Director Nacional de Personal, Walter Jonny Villarpando Moya el Informe 151/13 (fs. 313 a 315) elaborado por el Asesor Jurídico Académico, en relación a las solicitudes de consideración de pruebas de examen de ascenso 2013, entre ellas del ahora accionante (fs. 312); y el 12 de diciembre de 2013, hizo conocer este extremo al Comandante de la Policía (fs. 316).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Actos consentidos libre y expresamente, causal de improcedencia reglada
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR