SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0156/2014-S1

Fecha: 05-Dic-2014

II.3.

II.3. Por memorial de comparecencia de 6 de mayo de 2014, la accionante purgando rebeldía solicitó se deje sin efecto las ordenes dispuestas mediante Auto de 21 de abril del señalado año, providenciado por decreto de 8 del mismo mes y año, que tuvo por justificada su incomparecencia y dispuso se esté a la declaratoria de rebeldía; finalmente, por memorial de 19 del mes y año señalados, solicitó se acepte su comparecencia y en consecuencia se dejen sin efecto las ordenes dispuestas; mereciendo decreto de 20 del mismo mes y año, que dispuso se esté a los fundamentos expuestos en el auto de declaratoria de rebeldía así como al proveído de 8 de mayo de 2014, agregando que: “las repetidas 'comparecencias' de la procesada constituyeron mecanismos maliciosos para generar la dilación indebida de la tramitación del proceso por cuanto no obstante de haber sido aceptada, la procesada incumplió y evadió el llamado judicial a juicio a cuyo cumplimiento se encontraba obligada, burlando consecuentemente el objeto principal de la declaratoria de rebeldía, cual es el efectivo sometimiento del imputado a proceso y para ello necesariamente debe ejecutarse los mecanismos compulsivos previstos en el art. 89 del CPP, especialmente el mandamiento de aprehensión y en observancia del principio de celeridad y en resguardo del derecho a la tutela judicial, efectiva que tiene la víctima” (sic); finalmente en mérito a publicaciones edictales, el querellante solicitó se expida mandamiento de aprehensión en contra de la ahora accionante, disponiéndose su extensión por decreto de 28 de mayo de 2014 y entregados al querellante Enrique Balderrama Condo el 3 de junio del señalado año (fs. 42 a 53 vta.).