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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2014-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0164/2014-S1

    Fecha: 05-Dic-2014

    Fragmento 14

    Sobre el particular, la SCP 1642/2014 de 21 de agosto, abordó esta problemática señalando lo siguiente: “El art. 366 del CPP, establece que: 'La jueza o el juez o tribunal, previo los informes necesarios y tomando en cuenta los móviles o causas que hayan inducido al delito, la naturaleza y modalidad del hecho, podrá suspender de modo condicional el cumplimiento de la pena cuando concurran los siguientes requisitos:

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 12
    • III.1.  Naturaleza jurídica, alcances y ámbito de protección de la acción de libertad: Presupuestos de activación
    • Fragmento 14
    • Fragmento 15
    • Fragmento 16
    • Fragmento 17
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • El Juez o Tribunal que sea competente para conocer de un proceso penal, lo será también para decidir todas las cuestiones e incidentes que se susciten en el curso de su tramitación, así como para dictar las resoluciones respectivas y ejecutarlas
    • CONFIRMAR

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