Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2014-S1
Fecha: 19-Dic-2014
II.6.
II.6. La ahora accionante, firmando como Presidenta del Concejo Municipal de Entre Ríos, el 27 de agosto de 2013 presentó un memorial en el Juzgado de Instrucción Mixto, solicitando que emita un oficio dirigido al pleno del Concejo Municipal de ese municipio, comunicando de manera formal y oficial que el Alcalde Municipal, Teodoro Suruguay Quiroga, se encuentra con detención domiciliaria sin derecho a trabajar, con el objeto de proceder a la designación de la autoridad ejecutiva interina (fs. 53 y vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- III.2. De la reconsideración en el ámbito municipal
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR