SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2014-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0187/2014-S1

Fecha: 19-Dic-2014

II.1.

II.1.    El 27 de septiembre de 2012, la Unidad de Fiscalización de la Gerencia Regional de Potosí de la ANB, emitió el informe AN UFIPR-I 094/2012, estableciendo la existencia de indicios del ilícito de contrabando contra el importador, Juan Carlos Llave Mamani -hoy accionante-, en la DUI 2011/543/C-2337 de 10 de diciembre, ilícito tipificado en el art. 181 inc. b) del CTB, considerando que el monto era menor a las UFV's50 000.- (cincuenta mil unidades de fomento a la vivienda); por lo que, dicha acción debía ser considerada como una contravención tributaria, según lo estipulado en el art. 21.II de la Ley 100 de 4 de abril de 2011, que dispuso la modificación del art. 181.I, III y IV del CTB, debiendo aplicarse el procedimiento instituido en el Capítulo III del Título IV del Código anotado; indicando que correspondía anular la DUI referida, previo informe legal de la Unidad Legal de la Gerencia Regional de Potosí de la ANB, una vez ejecutoriada la Resolución correspondiente (fs. 35 a 42).