SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0214/2014-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0214/2014-S2

Fecha: 05-Dic-2014

Fragmento 26

         El art. 48.II de la CPE, establece que las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras (es); previendo la primacía de la relación laboral; continuidad y estabilidad laboral; la no discriminación e inversión de la prueba a su favor. Por su parte, el art. 69 del Estatuto de COTES Ltda., determina que el personal que presta servicios en la referida Cooperativa en relación de dependencia, está sujeto a la Ley General del Trabajo, disposiciones conexas y el Reglamento Interno; conforme se especificó también en el contrato de trabajo indefinido C.T.I. AL 001/2012 de 3 de enero, que suscriben el “empleado” - ahora accionante - y el Presidente y Tesorero del Consejo de Administración de COTES Ltda., siendo contratado para ejercer las funciones de Gerente General.