Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0214/2014-S3
Fecha: 04-Dic-2014
II.6.
II.6. Finalmente, los terceros interesados, el 14 de marzo de 2014, se apersonaron ante el Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial suscitando incidente de nulidad de obrados, arguyendo falta de citación y vulneración al derecho a la defensa entre otros (fs. 1704 a 1709; y, 1712 a 1717); que obtuvo el decreto de 18 de ese mes y año que dispuso correrla en traslado (fs. 1710).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe ineludiblemente exponer los motivos que sustentan su decisión
- III.2. Análisis del caso concreto
- 5.
- 2)
- sin dar mayor explicación sobre la razón por la que no correspondería examinar la documentación exhibida por Guillermo Castillo Añez y Takahiro Yamaguchi Miyasato, fue rechazada
- Los conflictos entre derechos son resueltos por los órganos jurisdiccionales
- CONFIRMAR en parte