SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0215/2014
Fecha: 05-Feb-2014
Fragmento 21
De la documentación que informa los antecedentes del expediente se tiene que, en el proceso penal seguido por el Ministerio Público y a querella del Ministerio de Gobierno contra Zvonko Matkovic Ribera y otros, por la presunta comisión de los delitos de terrorismo y alzamiento armado, el accionante sostuvo que las autoridades demandadas, habrían incurrido en dilación indebida respecto al señalamiento de audiencia para considerar la cesación de su detención preventiva; sin embargo, hace referencia solamente al memorial que fue presentado el 2 de julio de 2013, durante la vacación judicial y ante el Tribunal Tercero de Sentencia Penal que se encontraba en suplencia legal, dando lugar a que se fije audiencia para el 9 de igual mes y año señalado, la cual no se habría realizado debido a la recusación planteada por la parte querellante contra los Jueces técnicos suplentes, misma que fue declarada improbada; asimismo, sin precisar otras fechas, pero señalando que hubieron otras, sostiene que la audiencia se habría programado para el 16 de agosto de citado año, fuera de los plazos establecidos por la jurisprudencia.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
- III.2.1. De la acción de libertad
- III.2.2. La acción de libertad en el Código Procesal Constitucional
- Interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro (24) horas
- No cabe duda que el recurso de apelación aludido, dada su configuración procesal, es un recurso idóneo e inmediato de defensa contra supuestas lesiones y restricciones al derecho a la libertad de los imputados
- el descuido en la remisión oportuna de un recurso de apelación contra la Resolución que dispone medidas cautelares, lesiona el derecho a la libertad, debido a que la demora vulnera la condición esencial de celeridad procesal
- Fragmento 18
- III.4. El principio de celeridad en estrecha relación a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- la celeridad que debe imprimirse no se limita al señalamiento de audiencia y resolución, sino también al trámite posterior de impugnación
- Fragmento 21
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo