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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0259/2014

    Fecha: 12-Feb-2014

    I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados

    La FBF accionante a través de su representante, alega la lesión de sus derechos al debido proceso, a la igualdad y a la defensa técnica, citando al efecto los arts. 14, 24, 119.I de la Constitución Política del Estado (CPE), 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) y 26 del Pacto internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • concedió en parte
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.1. La revisión de la actividad jurisdiccional de otros tribunales
    • III.2. La necesaria motivación de las Resoluciones Judiciales y la predictibilidad judicial
    • III.3.Análisis del caso concreto
    • En el caso de autos la cesión de derechos no constituye una prestación de servicios, es como su nombre lo indica, CESIÓN o su equivalente a ceder que no es lo mismo que prestación y la administración tributaria trata de forzar el concepto de prestación trata de forzar el concepto de prestación como igual o similar a 'cesión' para obligar al sujeto pasivo a pagar el IVA cuando este acto no constituye hecho imponible o generador del IVA
    • CONFIRMAR

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