SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2014

Fecha: 12-Feb-2014

a)

El representante, ratificó los términos de la acción de libertad, indicando además que:a) El denunciante y querellante del proceso, Pedro Paulino Gordillo Limachi, aprovechando su condición de efectivo policial, procedió a aprehender al accionante de forma ilegal, por instrucción del Fiscal ahora demandado; sin considerar que la orden de aprehensión se da cuando el imputado debe ser presentado ante la autoridad competente o cuando existe riesgo de fuga, sólo en aquellos delitos cuya pena es mayor a dos años; empero, en el caso presente, el ilícito por el que es procesado Isidro Puma Seña es el de estafa, que tiene una pena mínima de un año; por tanto, no se cumplió con el requisito exigido para determinar una aprehensión;y, b) Cuando el Secretario del Juzgado Cuarto de Instrucción en lo Penal acudió al Juez ahora demandado, por estar en suplencia del titular del mencionado Juzgado, éste manifestó que el memorial fuera presentado “mañana”; atentando con esta actitud al derecho a la libertad física del imputado.