SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2014
Fecha: 12-Feb-2014
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El representante denuncia la vulneración delos derechos a la libertad física y al debido proceso del accionante; toda vez que, el Fiscal de Materia asignado al caso, emitió una Resolución de aprehensión en su contra sin cumplir los requisitos previstos en el art. 226 del CPP; es decir, sin considerar que la pena mínima del delito que se le atribuye es de apenas un año; mencionando además que la ejecución del mandamiento fue ilegal. Por su parte, la autoridad judicial que tomó conocimiento del asunto, omitió su deber de pronunciarse respecto a la denuncia de aprehensión, habiendo permitido que el imputado continúe privado de libertad.Por lo que, corresponde en revisión verificar los extremos denunciados en la acción, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Las condiciones de validez para restringir el ejercicio del derecho a la libertad física
- la detención ilegal es “aquel acto por el cual se priva a una persona de su libertad sin que exista una causa o motivo previsto por ley,
- se consideran personas ilegalmente detenidas:
- III.3. Análisis del caso concreto
- de conformidad a lo previsto por el art. 226 del Código Adjetivo Penal…”
- cuando