SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0273/2014

Fecha: 12-Feb-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de un proceso penal, en julio de 2013, el Fiscal de Materia, dictó una Resolución de aprehensión contra el accionante, sin cumplir los requisitos del art. 226 del Código de Procedimiento Penal (CPP); generando así un defecto absoluto conforme al art. 169 inc.3 de la misma norma procesal, convirtiendo su accionar en persecución indebida contra el accionante.

Ante esta irregularidad, a primera hora del día siguientese denunciaron las mencionadas vulneraciones de derechos fundamentales al Juez Cuarto de Instrucción en lo Penal, encargado del proceso; sin embargo, el mismo se encontraba declarado en comisión; por lo que, el Secretario del referido Juzgado, hizo conocer los hechos al Juez ahora demandado, Jaime René Conde Andrade, quien se encontraba en suplencia legal; empero, éste no emitió ningún mandamiento de libertad a favor del imputado, lesionando en consecuencia, su derecho a la libertad física.