SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0362/2014

Fecha: 21-Feb-2014

inconstitucionalidad

                   Por todo lo mencionado, se evidencia que el enunciado normativo de remisión a las normas convencionales transgrede los arts. 13.II y V, 109.II, 178.I, y 410.I y II de la CPE, razón por la cual se debe declarar la inconstitucionalidad de los enunciados normativos contenidos en el Capítulo Primero, parágrafo Segundo, apartado A. numerales 1, 2 y 3 del DS 27977, aclarando que desde ningún punto de vista ha existido una declaratoria de inconstitucionalidad de las normas Convencionales, en esa virtud estas seguirán operando siempre y cuando se trate de Conflictos Armados Internacionales y Conflictos Armados no Internacionales.

La Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 201 de la Constitución Política del Estado; y el 12.1 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional, resuelve declarar: la INCONSTITUCIONALIDAD de las normas del Capítulo Primero, parágrafo Segundo, apartado A. numerales 1, 2 y 3 del DS 27977 de 14 de enero de 2005.