SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0390/2014

Fecha: 25-Feb-2014

I.1.2. Derechos, principios y valores supuestamente vulnerados

El accionante, alega la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la no discriminación, a la integridad física y psicológica, a la salud, a la seguridad social, al trabajo, al salario justo, a la estabilidad laboral, a la no discriminación, a la igualdad, a ser oído por autoridad competente, a la no violencia física ni moral, a la carrera administrativa; y, el principio-valor del “vivir bien”, citando al efecto los arts. 8.I, 13,14, 15.I. y III, 18.I, 35.I, 46.I.1 y 2, 49.III, 70.1, y 2, 71.I y II, 72, 109, 110, 114, 232 y 233 de la Constitución Política del Estado (CPE); 22, 32.1 y 3 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos; 7 inc. a) y 10.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP);11 y 16 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del hombre; y, 8 del Pacto de San José de Costa Rica.