Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0391/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.3.
II.3. El accionante por memorial presentado el 3 de mayo de 2013, ante COSSMIL, presentó reclamo y anunció acción de cumplimiento, por la no emisión del certificado de institucionalización en merito a los Reglamentos y Resoluciones de dicha institución, pese de haber adjuntado toda la documentación pertinente, dicho reclamo y anuncio fue reiterado el 29 de julio 2013 (fs. 12 y vta.; y, 14 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “improcedente”
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1.Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la petición
- Fragmento 11
- cuando la autoridad judicial, administrativa o funcionario público, no responde de manera fundamentada en el plazo que fija la ley o en un tiempo razonable, ya sea en sentido positivo o negativo,
- o
- III.5.Análisis del caso concreto
- no sea flojo,
- CONFIRMAR en todo