Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.8.
II.8. Se tiene lista de los afiliados al Colegio Médico Departamental de Oruro participantes en el proceso eleccionario en el cual se consigna los nombres de los ahora demandados Carmen Jacqueline Alcalá Piva (8), Franz Montecinos Chávez (278), Rosaycela Zaria Sánchez Ocampo (383), Wilson Omar Costas Rosales (139), quienes habrían participado en el plebiscito (fs. 78 a 92).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- “sin lugar y deniega”
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de amparo en la Constitución Política del Estado
- III.3. La acción de amparo en el Código Procesal Constitucional
- III.4. De los actos consentidos en la acción de amparo constitucional
- que acepta o consiente de manera voluntaria y expresa la amenaza, restricción o supresión a sus derechos y garantías fundamentales…'.
- el amparo constitucional cuando el titular de un derecho, a tiempo de ser agraviado en sus derechos o garantías constitucionales, consiente de forma libre y expresa el acto constitutivo de la lesión de sus derechos,
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 20