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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0407/2014

    Fecha: 25-Feb-2014

    II.2.

    II.2.  Cursan facturas de la ELFEC S.A. a nombre de Marcela Villacorta Guillen por importe de suministro de energía eléctrica del domicilio ubicado en calle Teniente Arzabe 100 de los periodos de octubre y noviembre 2010 (fs. 36 y 99), noviembre y diciembre 2011 (fs. 96 y 98), junio y agosto de 2012, enero a abril de 2013 (fs. 18 a 20), abril, julio y diciembre 2012 (fs. 58, 35 y 97), enero, marzo, abril y septiembre de 2012 (fs. 67 a 70).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3 Petitorio
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.  FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2. De la acción de amparo constitucional
    • Fragmento 17
    • III.3. Sobre las medidas de hecho
    • tiene la carga probatoria específica de acreditar su posesión legal del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, a través de una resolución judicial emitida por autoridad competente, que no esté sometida a controversia judicial
    • determinó de manera clara que los hechos controvertidos o aún pendientes de ser resueltos en la vía judicial o administrativa, no pueden ser solucionados por la vía constitucional
    • III.5. Análisis d
    • CONFIRMAR en todo

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