SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2014
Fecha: 25-Feb-2014
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido contra Julio César Martins -ahora accionante- y otros por la presunta comisión del delito de asesinato, el Tribunal de Sentencia Penal de Guayaramerin, mediante Resolución 01/2009 de 26 de enero, dictó sentencia condenatoria y declaró culpables y autores de la comisión del delito de asesinato al accionante y Marcelo Roca Rodríguez, condenándolos a la pena de presidio de treinta años, sin derecho a indulto, a cumplir en el penal de “Cantumarca” de Potosí y Chonchocoro” de La Paz, respectivamente, y al pago de quinientos días multa a razón de Bs1.- (un boliviano) por día (fs. 134 a 156). Fallo recurrido en casación por el mencionado accionante la cual se encuentra pendiente de resolución (fs. 919; 937 a 938).
- acción de libertad
- Fragmento 2
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- i)
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.2. De la acción de libertad
- III.3. De la cesación a la detención preventiva
- III.4. Respecto de la modulación realizada por la SCP 0827/2013 de 11 de junio
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en todo