Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0007/2014-O
Fecha: 04-Abr-2014
II.8.
II.8. Mediante proveído de 5 de diciembre de 2013, el Juez de garantías, ordenó nuevamente a la Policía Regional de Quillacollo, proceda a dar cumplimiento a la SCP 0363/2013, dentro de los predios tutelados, sobre la base de los puntos dispuestos por su autoridad, con la advertencia de que al incumplimiento de la referida Sentencia, se remitirían los antecedentes y obrados ante el Ministerio Público (fs. 449).
- acción de amparo constitucional,
- a)
- 1)
- rechazó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.15.
- adoptaran las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones
- desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad
- Fragmento 19
- III.2. Análisis de la denuncia
- 2° Se conmina