Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2014
Fecha: 10-Abr-2014
Fragmento 16
La accionante refiere que dentro del proceso penal seguido en su contra presentó incidente de actividad procesal defectuosa contra la imputación formal, al no ésta cumplir con los presupuestos establecidos en el adjetivo penal; asimismo, formuló excepción de prescripción de la acción penal, recursos que fueron rechazados por el Juez a quo como por el Tribunal de alzada con el fundamento de que la imputación cumpliría con los requisitos necesarios y que los delitos que se le imputan son de carácter permanente.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1.
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- debe sustentarse en la existencia de indicios suficientes sobre la existencia del hecho y la participación del imputado en el mismo,
- la imputación formal es una atribución específicamente del Ministerio Público, quien con carácter provisional atribuye la comisión de un delito a una persona, mismo durante la etapa de investigación determinará su participación en la comisión del hecho delictivo
- , y será ante la autoridad jurisdiccional que deberá demostrar con toda la carga probatoria, su grado de participación en el referido hecho, a fin de que sea en esta instancia que se determine la culpabilidad o no del imputado
- Fragmento 16
- CONFIRMAR en parte