SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0694/2014

Fecha: 10-Abr-2014

II.4.

II.4.  Como respuesta al recurso de apelación presentado por la parte accionante, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, pronunció la Resolución 158/2013 de 13 de agosto, que declaró la improcedencia del recurso de apelación y confirmó el Auto Interlocutorio observado con los argumentos de que la imputación es de carácter provisional y el resultado del inicio de la etapa preparatoria tiene carácter enteramente provisional, por otro lado que la valoración de la prueba corresponde al Ministerio Público (arts. 301 y 323 del CPP) o en su caso al juez que conozca el juicio propiamente dicho; la imputación tiene tanto la fundamentación de los hechos como la legal, y en lo que concierne a la prescripción refiere que de acuerdo al Tribunal Constitucional, estos delitos son de carácter permanente (fs. 93 a 96 vta.).