SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2014

Fecha: 21-Abr-2014

III.2.1. Traducción y constitución literal de las palabras

El “ama” funciona en su correcta aplicación como “prohibido”, ya que el “no” es “mana”; sin embargo, la constitución establece la siguiente conjugación: “ama qhilla”, “ama llulla” y “ama suwa”; que en su traducción contextual-constitucional significa: “no seas flojo”, “no seas mentiroso”, “no seas ladrón” (se traduce para la persona individual). En la reinterpretación realizada por la Unidad de Descolonización, también puede comprenderse en su sentido “integral” o “colectivo”; en relación al conjunto de la comunidad: “no seamos flojos, no seamos mentirosos, no seamos ladrones”. Cada término (qhilla, llulla y suwa) tiene múltiples sentidos semánticos, ya que en el idioma así como en el pensamiento aymara o quechua no se sostienen en conceptos ni definiciones acabadas.