SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0785/2014

Fecha: 21-Abr-2014

para resolver controversias, con el fin de encontrar la armonía en el ayllu.

Según Capusiri, en los ayllus qhichwas del norte de Potosí, los tres principios son aplicados constantemente, para resolver controversias, con el fin de encontrar la armonía en el ayllu. Y se considera a estos principios como: “…los principios rectores de la comunidad, que es utilizado por sus actores de manera adecuada, lo cual inicia incluso en la interrelación de los (niños-abuelas y abuelos) el mismo que, va su curso entorno a las relaciones de los miembros de la comunidad, los mismos que son transmitidos de generación en generación de manera oral para mantener la armonía de sus miembros”.

Todo principio contiene en sí mismo una “esencia” propia. Esencia que le da sentido a lo “práctico” y es inescindible con las cosmovisiones de cada pueblo o nación. Por ello, la aplicación constitucional de los principios enunciados debe necesariamente inspirarse en las “practicas” y “vivencias” de las comunidades. Lo contrario significaría distorsionar su cosmovisión aplicando discrecionalmente o “decorativamente”, lo que en definitiva rompe con el sentido de lo plural y el pluralismo. Por ello, para la aplicación constitucional de los principios “ama qhilla, ama llulla, ama sua” se deben tomar en cuenta la siguiente interpretación plural: