SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2014

Fecha: 21-Abr-2014

Fragmento 12

         Al respecto, en la SCP 0631/2014 de 25 de marzo, se desarrolló el siguiente entendimiento: de conformidad a las características de las medidas cautelares que han sido referidas en el Fundamento Jurídico III.2 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, éstas pueden ser modificadas y revisadas cuando el fin constitucional y legal de las mismas ya no tenga fundamento, es decir cuando no sean necesarias para asegurar el descubrimiento de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley.  En ese sentido, se entiende que una nueva solicitud de modificación de medidas cautelares presenta nuevos argumentos y elementos que demuestran la inexistencia de los motivos que determinaron su aplicación y, por lo mismo, el fundamento de la solicitud es diferente al que fuera resuelto en la anterior resolución apelada por el mismo imputado.