SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2014
Fecha: 21-Abr-2014
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 19 de julio de 2013, debido a la excusa del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal y Mixto de la provincia German Busch, en audiencia cautelar, fueron detenidos por orden del Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz, por la presunta comisión del delito de trata y tráfico de personas. El Tribunal superior “confirmó la excusa” (sic) y señaló como competente a la Jueza de Roboré, Patricia Sierra Andia, quien envió oficio el 22 de septiembre de 2013, a la Jueza, ahora demandada, para que le remita los obrados, lo que no se cumplió hace cuarenta días, reteniendo en forma arbitraria y sin competencia el cuaderno procesal, causándoles indefensión.
Asimismo, se presentó excepción de incompetencia en razón de territorio, la cual fue corrida en traslado al Ministerio Público, que por excesivo celo funcionario indicó que debe notificarse en Santa Cruz, obviando el principio de “indivisibilidad” (sic) de esta institución, lo que atenta el debido proceso, pues los otros imputados solicitaron cesación a la detención preventiva, cuyos memoriales no se dieron curso por supuesta retardación de la apelación en la “Corte Departamental” (sic), pese a que conoce que la misma fue confirmada y no permite adjuntar documentación, cuando en materia penal todo documento es válido; por último, cuando retiraron la solicitud de excepción, la misma no fue aceptada, por estar ya ingresada y “no da curso a memoriales de proposición de diligencias ni nada” (sic), argumentando que debe volver la apelación, dilatando su defensa y prolongando su detención.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- 1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- III.2. El debido proceso, tutelable a través de la acción de libertad. Cambio de línea jurisprudencial
- Fragmento 12
- facultades
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto