Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2014
Fecha: 21-Abr-2014
II.1.
II.1. El Auto de Vista 94 de 2 de agosto de 2013, de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, aceptó la excusa del Juez Segundo de Instrucción en lo Penal Mixto de Puerto Suárez y lo separó definitivamente del conocimiento de la causa, ordenando que sea el Juez de Instrucción en lo Penal y Mixto de Roboré, quien siga conociendo la misma (fs. 1 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- 1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- III.2. El debido proceso, tutelable a través de la acción de libertad. Cambio de línea jurisprudencial
- Fragmento 12
- facultades
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto