Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0787/2014
Fecha: 21-Abr-2014
II.3.
II.3. Según el certificado de permanencia y conducta de los ahora accionantes, emitido por el Director de la Policía de la carceleta de “Bahía”, los indicados ingresaron a ese recinto penitenciario el 27 de julio de 2013, con mandamientos de detención preventiva, ordenados por Willzon Arébalo Coria, Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del departamento de Santa Cruz (fs. 3 y 6).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- i)
- 1. Su vida está en peligro; 2. Está ilegalmente perseguida; 3. Está indebidamente procesada; 4. Está indebidamente privada de libertad personal”
- III.2. El debido proceso, tutelable a través de la acción de libertad. Cambio de línea jurisprudencial
- Fragmento 12
- facultades
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto