Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0888/2014
Fecha: 12-May-2014
I.3.1. Rechazo de la acción de la acción de inconstitucional concreta
Veimar Mario Cazón Morales, Director Ejecutivo de la AJ, rechazó las Acciones de inconstitucionalidad concreta mediante Resoluciones Administrativas de 26 de febrero de 2013 de los expedientes: 02897-2013-06-AIC; 02898-2013-06-AIC, 02899-2013-06-AIC; 02900-2013-06-AIC; 02901-2013-06-AIC; 02902-2013-06-AIC; y, 02903-2013-06-AIC.
- acciones de inconstitucionalidad concreta
- I.1.1. Hechos que motivan las acciones
- I.1.2. Admisiones y citaciones
- I.1.3. Alegaciones del personero de la institución que generó la norma impugnada
- a)
- I.3.1. Rechazo de la acción de la acción de inconstitucional concreta
- I.3.2. Admisión de la acción de inconstitucionalidad concreta
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La cosa juzgada constitucional
- i)
- III.2. El ne bis in ídem en su componente material: Garantía de no
- Respecto de la cosa juzgada constitucional
- Respecto del control de constitucionalidad del art. 28.II de la LJLA
- 1º IMPROCEDENTE