Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2014
Fecha: 15-May-2014
I.2.3. Intervención del tercero interesado
El abogado del tercero interesado, representante de la Empresa Constructora Villaverde Hnos., precisó que la Comisión de Adjudicación de Obra, actuó de forma transparente, contando al momento de celebración de la audiencia tutelar, con personal desarrollando su trabajo en la misma, con una “gran inversión”.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2.1. Derecho al trabajo
- III.2.2. Del debido proceso: Elementos de fundamentación y motivación que le son inherentes
- Del razonamiento descrito, colegimos que la exigencia de la fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso, no necesariamente implica que la exposición deba ser exagerada y abundante de consideraciones, citas legales y argumentos reiterativos,
- Fragmento 18
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR