SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0926/2014

Fecha: 15-May-2014

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

La parte accionante denuncia la vulneración de los derechos de la Empresa  Constructora “L.A.LU.S.” al debido proceso -en sus elementos de fundamentación y motivación- y al trabajo, argumentando que dentro del proceso de contratación del proyecto “Construcción canal Arroyo Chipunavi D1 - Primera Convocatoria”, se dictó la Resolución 120/2013, adjudicando la obra a la empresa “Villaverde Hnos.”; que fue impugnada, por no haberse considerado que la misma incumplió el documento base de contratación ya que el índice de su propuesta no guardaba relación con el número de páginas y éstas no estaban marcadas; a más que, no presentaba experiencia específica, pese a lo cual se le otorgó un puntaje de dos; cuestiones que no fueron observadas en la RA 166/2013 de 13 de septiembre, emitida por el Alcalde Municipal de Riberalta, quien pronunció su fallo sin la debida fundamentación y motivación que resuelva lo impugnado.