SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1024/2014

Fecha: 06-Jun-2014

denegó

La Sala Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 9/2013 de 18 de septiembre, cursante de fs. 174 vta. a 176 vta., denegó la tutela solicitada, en base a los siguientes fundamentos: i) Expresa que no se dilucida el derecho propietario ni el derecho posesorio de ninguna de las partes, solamente refieren a la devolución de aguas que se habían desviado en inmediaciones de Miraflores, aguas que de ninguna manera son de consumo vital sino son un recurso hídrico de uso distinto, más propiamente de comercialización en los balnearios; y, ii) Conforme los arts. 51 y 54 del CPCo, sostiene que “…es evidente que el parágrafo II excepcionalmente previa justificación fundada dicha acción será viable cuando la protección puede resultar tardía y (dos) cuando exista una inminencia de un daño irremediable a producirse de no otorgar la tutela, al respecto si bien se adjuntó la copia de la querella a la Acción, para entonces, no era de conocimiento del Tribunal de Garantías Constitucionales, el haberse seguido todo su curso la Acción Penal, ahora presentada por la parte accionada, la misma querella se entiende de que ya es de su conocimiento y que si se está siguiendo ese Proceso Penal, proceso que indudablemente va a definir lo real de las actuaciones…”(sic), situación que les impide  su pronunciamiento en la presente acción tutelar.