SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2014

Fecha: 06-Jun-2014

denegó

La Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, como Tribunal de garantías, emitió la Resolución 72/2013, cursante de fs. 46 a 49, por la que denegó la tutela, con los siguientes fundamentos: i) No existe la persecución ilegal o indebida, al contrario, hay un proceso penal bajo control jurisdiccional del Juez Octavo de Instrucción en lo Penal, en su momento, del Juez Noveno de Instrucción en lo Penal; ii) El accionante asumió defensa de manera plena, prueba de ello es la interposición del incidente de actividad procesal defectuosa, de la acción de amparo constitucional, por lo que no se advierte estado de indefensión; iii) Respecto a los Fiscales, no se acreditó que estarían atentando contra la vida, la libertad, el debido proceso del accionante, de tal forma que se encuentre en los alcances de la acción de libertad; y, vi) En las acciones de libertad se exige el agotamiento previo de las vías específicas, idóneas, eficientes, oportunas y ordinarias.