Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1029/2014
Fecha: 06-Jun-2014
II.1.
II.1. Existe un proceso penal seguido por el Ministerio Público Waldo Molina Gutiérrez, ahora accionante y otro, a querella del Liquidador de los ex Entes Gestores de la Seguridad Social a Largo Plazo en representación del ex Fondo Complementario de la Seguridad Social de la Administración Pública (FOCSSAP) signado como Caso 2234/10, a cargo de los Fiscales de Materia Elsner Cruz Choque, Magali Mirtha Gonzales Ríos y José Fernando Villarroel Barrios como directores funcionales de la investigación (fs. 6, 7, 8).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación del accionante
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- vida está en peligro
- III.2. De la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- los defectos absolutos deben ser reclamados vía incidental ante el juez cautelar
- la presentación del incidente de nulidad por defectos absolutos ante el Juez de la causa, podría eventualmente dar lugar a la anulación de los actuados procesales y por ende, también a la disposición de la detención preventiva
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR