SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1095/2014

Fecha: 10-Jun-2014

y sin discriminación

         La descolonización supone la eliminación de las relaciones de subordinación existentes y como fin del Estado, se presenta en una doble perspectiva: la constitución de una sociedad justa, armoniosa y sin discriminación, eliminando, por tanto las relaciones de subordinación que encarna la colonialidad del poder y, por otra, la consolidación de las identidades plurinacionales, con la finalidad de lograr un verdadero equilibrio e “igualación” en dichas relaciones de poder.

         Desde la perspectiva del constitucionalismo plurinacional, comunitario y descolonizador, el principio de igualdad y no discriminación se asienta, no sólo en la igual dignidad de las personas, que no debe ser entendida únicamente desde una perspectiva liberal -individual- sino también desde una perspectiva colectiva, en el marco de nuestro Estado Plurinacional y Comunitario. En ese sentido, conforme la jurisprudencia constitucional contenida en la SCP 0890/2013 de 20 de junio: “…en el ámbito de los derechos fundamentales, deberes y garantías jurisdiccionales, su comprensión deba abandonar la lógica individual del constitucionalismo liberal, para fundar su sentido en la comunidad, que es la que legitima el ejercicio de los derechos individuales y colectivos”.