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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2014

    Fecha: 10-Jun-2014

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    • acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • 1)
    • i)
    • deniega
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • ningún actor procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
    • el principio de preclusión de los derechos para accionar
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
    • III.2. El debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones
    • III.3.1. Respecto al Auto de Vista de 10 de agosto de 2012
    • III.3.2. Con relación al Auto de Vista de 14 de junio de 2013
    • 'Durante el proceso, hasta antes de dictarse sentencia, los propietarios de bienes incautados podrán promover incidente ante el juez de la instrucción que ordenó la incautación
    • CONFIRMAR

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