SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1124/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.3.
II.3. Por Sentencia de 3 de octubre de 2012, el Juez de Partido Mixto y Sentencia de Arani, declaró a los imputados Fidel Montaño Olivera y Luciano Mamani autores de la comisión de los delitos de transporte de sustancias controladas; en consecuencia, mediante dicha Sentencia condenatoria se impuso a los procesados prenombrados la pena privativa de libertad de ocho años de presidio; disponiendo asimismo, que ejecutoriada la Sentencia, se remita copias autenticadas al Registro Judicial de Antecedentes Penales y Juzgado de Ejecución Penal para fines de Ley. Finalmente, dispone que los teléfonos celulares marca “Nokia” y “LG”, con las características descritas en el proceso, así como el motor marca Honda color blanco, pasen a disposición de DIRCABI, previas formalidades de rigor (fs. 5 a 11).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- deniega
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ningún actor procesal puede pretender que el órgano jurisdiccional esté a su disposición en forma indefinida, sino que sólo podrá estarlo dentro de un tiempo razonable
- el principio de preclusión de los derechos para accionar
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- III.2. El debido proceso en su elemento de fundamentación y motivación de las resoluciones
- III.3.1. Respecto al Auto de Vista de 10 de agosto de 2012
- III.3.2. Con relación al Auto de Vista de 14 de junio de 2013
- 'Durante el proceso, hasta antes de dictarse sentencia, los propietarios de bienes incautados podrán promover incidente ante el juez de la instrucción que ordenó la incautación
- CONFIRMAR