SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1131/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1131/2014

Fecha: 10-Jun-2014

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de inducción de fuga de menor, que se sustanció en el Juzgado Tercero de Instrucción en lo Penal del departamento de Tarija, se vulneró su derecho y garantía constitucional del debido proceso, específicamente en lo relativo a los plazos; por cuanto, el 31 de octubre de 2013, interpuso excepción de extinción de acción penal por duración máxima del proceso conforme estipula el art. 133 del Código de Procedimiento Penal (CPP) (por haber transcurrido tres años y dos meses desde el 16 de agosto de 2010, fecha en la cual el Fiscal de Materia remitió informe de inicio de investigación ante el Juez cautelar), transcurriendo desde su solicitud de extinción, más de un mes y quince días, sin que la Jueza demandada, se pronunciara al respecto; pues a la fecha, no se le notificó con la resolución, incurriendo así en retardación de justicia.