Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1154/2014
Fecha: 10-Jun-2014
II.1.
II.1. En etapa de ejecución de la sentencia de 12 de abril de 2012 que declaró probada la demanda e improbada la excepción de falsedad planteada por el ejecutado (fs. 40 a 41), se procedió al embargo de tres automóviles, habiéndose designado como depositario a Rubén Jaime Rejas Quispe (fs. 26 a 27).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- i)
- III.2. Subsidiariedad excepcional de la acción de libertad
- III.3.El recurso de reposición con alternativa de apelación y los efectos del recurso de alzada
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR