SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1300/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1300/2014

Fecha: 23-Jun-2014

d)

d) Por otra parte el abogado de la defensa, en lo esencial también señala que no tiene conocimiento de la representación convencional; por lo cual,  considera que no se puede dar la palabra a una serie de instituciones que no se encuentran en derecho, con el fin de evitar su indefensión, al no haber sido notificados.