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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1318/2014
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1318/2014

    Fecha: 30-Jun-2014

    II.5.

    II.5. Cursa en obrados, nómina de terrenos a ser transferidos a favor de ex trabajadores relocalizados de la EMUCP COMIBOL de 1986, para el sector “Pari Orcko Bajo”, en la que figuran los nombres de los accionantes Jesús Quispe Juchasara y Remberto Pérez Gumiel, lista que tiene sellos de la Asociación de Mineros Relocalizados de Potosí y sello poco legible del Senado Nacional (fs. 9 a 13).

    • acción de cumplimiento
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • YA EXISTÍA UNA LISTA DE BENEFICIARIOS QUE CONTEMPLA LA UBICACIÓN DE SUS TERRENOS DETERMINADOS POR EL NÚMERO DE LOTE Y MANZANO, ASÍ COMO LA SUPERFICIE EN METROS CUADRADOS, DEJÁNDOSE CLARAMENTE ESTABLECIDO QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES CITADAS PRECEDENTEMENTE NO RECONOCEN COMO BENEFICIARIOS A LA AEXREAPOBA, CONSIGUIENTEMENTE UN GRUPO AL INTERIOR DE DICHA ASOCIACIÓN NO PUEDE ALTERAR ARBITRARIAMENTE LAS LISTAS PREEXISTENTES
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • II.3.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento: Reiteración de jurisprudencia
    • no es posible sostener que su objeto sea la tutela de derechos subjetivos
    • Fragmento 18
    • III.1.1. La acción de cumplimiento no procede para cuestionar la validez de actos administrativos
    • REVOCAR

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