SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1335/2014
Fecha: 30-Jun-2014
CONFIRMAR
El Tribunal Constitucional Plurinacional, en su Sala Tercera; en virtud de la autoridad que le confiere la Constitución Política del Estado y el art. 12.7 de la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional; en revisión, resuelve: CONFIRMAR la Resolución 343/013 de 12 de diciembre de 2013, cursante de fs. 388 a 394 vta., pronunciada por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca; y en consecuencia, CONCEDER la tutela solicitada únicamente con relación al derecho al debido proceso en su elemento de congruencia, disponiendo se emita nuevo auto supremo debidamente fundamentado y con la coherencia necesaria, en atención a los argumentos contenidos en la presente Sentencia Constitucional Plurinacional.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió parcialmente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Derecho al debido proceso y el elemento de la congruencia en las resoluciones judiciales
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR