SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1347/2014

Fecha: 30-Jun-2014

improcedente

La Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 90/13 de 19 de diciembre de 2013, cursante de fs. 181 a 184, declaró improcedente la acción de amparo constitucional, con la aclaración de no haber analizado el fondo de la causa, exponiendo los siguientes argumentos: a) Conforme a la SCP 2010/2013 de 13 de noviembre, en relación al art. 53.II del Código Procesal Constitucional (CPCo), la acción de amparo constitucional, no procede contra actos libres y expresamente consentidos; b) El Radiograma cuya nulidad se solicita vía amparo, fue notificado al accionante el 24 de abril de 2013, acto de comunicación que no fue objeto de impugnación, a través de recurso válido para dejarlo sin efecto, por el contrario el “recurrente” como establece en su memorial de 5 de junio de 2013, hace conocer que como militar disciplinado dio cumplimiento a la orden de cambio de destino; c) En el hipotético caso, de que el radiograma hubiese vulnerado derecho alguno, al haber cumplido la orden de destino, el accionante consintió libre y expresamente los actos que dan lugar a la acción de amparo, máxime si en audiencia no acreditó acto alguno de impugnación o representación al radiograma; y, d) Se ha puesto a conocimiento del Tribunal de garantías la existencia de seis nuevas denuncias, presentadas el 3 de septiembre de 2013, lo que evidencia que a la fecha existen otros procesos, que han dado lugar a la no restitución, por lo que también se incumple el principio de subsidiariedad.