Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1374/2014
Fecha: 07-Jul-2014
II.1.
II.1. Cursa querella penal interpuesta el 23 de marzo de 2012, por BISA SEGUROS Y REASEGUROS S.A., LA VITALICIA SEGUROS Y REASEGUROS DE VIDA S.A. y BISA AGENCIA BOLSA, representados por Delfor Zapata Avendaño, Carlos Merino Troche, Rene Claure Veizaga y Jorge Ángel Oporto Navajas contra Gabino Julián Mamani Mamani, Justina Ticona Guarachi, Marcelo Queso Laura, Emilio Pachaguaya Mamani, Sandalio Laura, Abraham y Moisés Velásquez Ticona, por la presunta comisión de los delitos de despojo y perturbación de posesión. Asimismo, cursa Auto de admisión de querella (fs. 102 a 108).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.11.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Reglas y sub reglas de improcedencia de la acción de amparo constitucional por subsidiariedad
- III.3. Reiteración de jurisprudencia respecto a la denegatoria de la acción de amparo constitucional por subsidiariedad cuando se denuncie notificaciones inválidas y no se agotó el procedimiento del incidente de nulidad de notificación
- III.4. Análisis en el caso concreto
- CONFIRMAR en todo