Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1463/2014
Fecha: 16-Jul-2014
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 21 de enero de 2014, cursante de fs. 61 a 75, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Franz Yuri Figueroa Sánchez en representación de la Asociación Accidental o de Cuentas en Participación, constituida por las empresas “Ingeniería Diesel Willstorr SRL” y “Constructora y Consultora Figueroa Sánchez” contra Franz Darío Tejerina Mogro, Jorge Elías Cabrera Exeni y Esteban Flores Terán, Gerentes General, Administrativo y Financiero y Asesor Legal de la Unidad de Servicios Legales respectivamente, todos de la Empresa de Servicios Eléctricos de Tarija (SETAR).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- concedió en parte
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa
- 1. Contra resoluciones cuya ejecución estuviere suspendida por efecto de algún medio de defensa o recurso ordinario o extraordinario interpuesto con anterioridad por el recurrente, y en cuya razón pudieran ser revisadas, modificadas, revocadas o anuladas
- Fragmento 20
- III.3. Análisis del caso concreto
- concedido en parte
- REVOCAR en parte