SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1497/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1497/2014

Fecha: 16-Jul-2014

denegó

La Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución 004/2014 de 9 de enero, cursante de fs. 367 a 368 vta., denegó “la acción de amparo constitucional”, en mérito a los siguientes argumentos: 1) De la revisión de obrados se evidencia que por Auto de “fs. 271 a 272”, la autoridad jurisdiccional anuló obrados hasta “fs. 96 vta.”, sobre la cual se presentó reposición con alternativa de apelación, concediéndose en el efecto devolutivo ante la “Corte Superior del Distrito” (sic), instancia que anuló la concesión por corresponder su trámite en el efecto diferido, ordenando la prosecución de la causa; 2) Es la parte accionante que por memorial de 18 de noviembre de 2012, indujo en error a la autoridad judicial, al solicitar se notifique el Auto de calificación del proceso y de apertura de término de prueba cursante a “fs. 107 a 107 vta.”, cuando tal actuado quedo nulo por Resolución de 21 de junio de 2010; 3) La Jueza a quo, por Auto de 17 de junio de 2012, rechazó el incidente de nulidad de una diligencia que ya estaba nula y frente al recurso de reposición con alternativa de apelación, tras el rechazo, concedió correctamente la apelación en el efecto diferido; y, 4) Los Vocales que conocieron la compulsa, actuaron en derecho, al confirmar la decisión de la Jueza a quo, en todo caso, a la fecha no existiría Auto de calificación, por haberse anulado el proceso hasta “fs. 96 vta.”.