Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1497/2014
Fecha: 16-Jul-2014
II.1.
II.1. La Jueza Tercera de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz -ahora codemandada-, por Resolución 354/09 de 24 de agosto y Autos complementarios de 3 y 7 de octubre de 2009 -fs. 107 a vta., 113 y 115 del proceso civil-, calificó el proceso seguido por David Portanda Torrejón en representación de Angélica Condori de Rojas -ahora accionante- contra ENFE sobre cumplimiento de obligación, como ordinario de hecho, fijando los puntos a ser probados por las partes, sujetando la causa a término de prueba (fs. 45 y vta., 51 y 53).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III.1. Del recurso de apelación concedido en el efecto diferido -las resoluciones que resuelven incidentes de nulidad-
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR